Ordenaron detener la explotación de Litio en el Salar del Hombre Muerto
La Corte de Catamarca sentenció que la provincia “deberá abstenerse de otorgar nuevos permisos” hasta que se cumpla la realización del estudio de impacto ambiental.
La Corte de Justicia de Catamarca apoyó la acción de amparo ambiental presentada por la Comunidad Originaria Altacameños, ordenando la suspensión de la actividad minera en el área del Salar del Hombre Muerto.
En el fallo, la Corte ha instruido al Ministerio de Minería de la provincia de Catamarca y al Ministerio de Agua, Energía y Medio Ambiente a que se abstengan de conceder nuevos permisos, en relación a la falta de emisión de declaraciones de impacto ambiental vinculado con obras o actividades en la zona que comprende el Rio Los Patos, el Salar del Hombre Muerto y el Departamento Antofagasta de las Sierras.
Esta acción comenzó en 2021, llevada a cabo por Román Elías Guitian en nombre de la comunidad Originaria Atacameños, y buscaban la revocación de decretos y resoluciones ministeriales que habilitaron los proyectos mineros de Ampliación Fénix y Sal de Vida realizados por las empresas Livent y Galaxi Lithium SA.
Asimismo, solicita la suspensión de cualquier otro proyecto que gire en torno a la extracción de litio en la Subcuenca Salar del Hombre Muerto que comparten las provinicas de Salta y Catamarca, hasta que se haya realizado una evaluación ambiental exhaustiva.
Por su lado, los jueces destacaron: "Se ha constatado un daño ambiental en el Rio Trapiche, resultado de las autorizaciones concedida a la minera proyecto fénix para la construcción de una represa destinada a captar agua del rio Trapiche y emplearía en su producción”
También señalaron que se observa la existencia de seis proyectos mineros para la extracción de litio, situado en la cuenca de Los Patos, considerando que todos estos diversos proyectos mineros en diversas etapas de desarrollo, impactan en la misma área, sin que se hayan tomado medida para llevar su estudio integral y acumulativo de su impacto ambiental.
Por último, los magistrados advirtieron sobre el desdoblamiento de las funciones de los organismos estatales. “Es de suma relevancia señalar el detalle y la identificación de múltiples permisos de explotación de aguas subterráneas en la Cuenca Rio Los Patosa del Salar del Hombre Muerto del Departamento", indicaron.
Esto implicaba una división de competencias dentro del Estado Provincial, donde por un lado se emiten las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) para los proyectos mineros, bajo la jurisdicción del Ministerio de Minería, y por otro lado, en el Ministerio de Agua, Energía y Medio Ambiente (Secretaría de Recursos Hídricos), se tramitan y conceden las autorizaciones para el uso del agua.
Fuente: Energía Online