Ratifican una multa de defensa del consumidor contra una financiera

La Sala Tercera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial rechazó el recurso de apelación de una compañía financiera y confirmó la multa que le fuera impuesta por la secretaría de Defensa del Consumidor contra una sanción impuesta a partir de la denuncia de una clienta.
Resulta que la clienta fue a la Secretaría de Defensa del Consumidor denunciando porque la financiera le reclamaba el pago de la deuda, pero la mujer había completado el pago de las doce cuotas en término. La última cuota del préstamo en cuestión la había pagado en julio de 2021 para lo cual aportó el comprobante respectivo autenticado ante una escribanía.
La empresa no registraba el pago y por eso comenzó el conflicto.
Como consumidora la mujer fue a defensa del Consumidor con su documentación luego de intentar vanamente una respuesta de la empresa financiera. Se realizaron dos audiencias donde tras una consulta con la empresa que procesa los pagos se confirmó que la transacción efectivamente se hizo. Ni aún con esta confirmación la financiera corrigió su error y persistió en el reclamo de la deuda.
Defensa del Consumidor dio por cerrada la instancia conciliatoria y posteriormente dictó resolución sancionando a la compañía financiera.
En este punto es que intervino la Justicia pues la financiera planteó apelación ante la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial.
Las juezas María Inés Casey y María Silvina Domínguez de la Sala Tercera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial confirmaron la validez del procedimiento que concluyó con la sanción de la financiera y confirmó la sanción que se le impuso.
Dijeron que si bien la resolución fue dictada fuera de los plazos establecidos “ello no conlleva por sí mismo, la pérdida de competencia por parte del organismo interviniente, quien incluso podía resolver en el término previsto en el artículo 16 de la norma, por lo que, habiendo sido dictada la resolución por autoridad competente, la misma no adolece de nulidad alguna”.
Recordaron que la clienta intentó “en repetidas ocasiones resolver su situación con la empresa, presentando reclamos formales relacionados con su problemática, pero, a pesar de sus esfuerzos, la financiera ha hecho caso omiso a estas solicitudes, mostrando una falta de atención.