Reforma laboral: posibles cambios en la Ley de Contrato de Trabajo
El gobierno de Javier Milei comenzó a implementar una reforma laboral que afectará la Ley de Contrato de Trabajo, con el objetivo de promover cambios en la regulación del trabajo en Argentina.
Entre las principales modificaciones ya analizadas, se encuentran la posibilidad de realizar pagos de salarios a través de cuentas no bancarias, la opción de emitir recibos de sueldo de manera electrónica y almacenarlos de forma digital.
La reforma tiene como base el proyecto denominado “Ley de Promoción de Inversiones y Empleo”, impulsado por la diputada de La Libertad Avanza, Romina Diez, junto con otros miembros del bloque, entre ellos los economistas cercanos al presidente, como José Luis Espert y Gabriel Bornoroni.
Una de las modificaciones clave en la reforma tiene que ver con la “irrenunciabilidad” de los derechos laborales. El nuevo proyecto propone que se considere nula toda convención que suprima o reduzca los derechos de los trabajadores establecidos en la ley o en los convenios colectivos de trabajo.
En cuanto a la jornada laboral, el proyecto propone modificar el artículo 66 de la Ley de Contrato de Trabajo, permitiendo a los empleadores introducir cambios en las formas y modalidades de prestación del trabajo, siempre que no perjudiquen material ni moralmente al trabajador, ni alteren modalidades esenciales del contrato.
Mas cambios en el contrato
El proyecto también incluye propuestas sobre los beneficios sociales que los empleadores pueden ofrecer a los trabajadores, tales como prestaciones no remunerativas como alimentos, reintegros médicos, ropa de trabajo, capacitación, y la posibilidad de proporcionar bonos para almuerzos y cenas.
Además, se plantea la reintegración de los costos relacionados con el cuidado de hijos menores de 6 años o personas con discapacidad, así como la provisión de servicios de telefonía móvil, internet y cuotas de clubes deportivos o gimnasios para los trabajadores y sus familias.
Otro cambio importante que no figura en el DNU 70/2023 es la opción de notificar sanciones disciplinarias por “cualquier medio fehaciente”, lo que ampliaría los métodos de notificación, incluyendo, además de la carta documento, otros medios que permitan comprobar la efectiva recepción de las sanciones por parte del trabajador.
Fuente: Ámbito Financiero