Revisan las absoluciones de la causa por robos de caños del gasoducto
La Cámara Federal de Casación Penal comenzó a analizar una causa en donde se dictaron absoluciones y condenas de más de seis años por robos de caños de gas de gasoducto GNEA en Salta.
El caso fue llevado adelante por el tribunal oral de Salta conforme el nuevo Código Procesal Penal Federal. Entre los condenados se encuentra el ex intendente de la localidad de Aguaray, Jorge E. Prado.
La audiencia se celebró ayer ante los jueces de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, a cargo de los jueces Mariano Hernán Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo H. Hornos, en la nueva Sala “Malvinas Argentinas”, equipada con tecnología de última generación, en el primer piso de Comodoro Py 2002.
Las defensas presentaron sus argumentos contra la sentencia que condenó al ex intendente de la localidad salteña de Aguaray Jorge Enrique Prado a 6 años y 6 meses de prisión y a los empresarios Diego Andrés Alos y Adrián Antonio Vera a 6 años y 3 años y 8 meses de prisión, respectivamente.
Por su parte, la acusación (representada por el Ministerio Público Fiscal y la querella) solicitó que se revoquen las absoluciones y se agraven las penas impuestas a los ya condenados.
En la causa se investiga la sustracción durante el período que va de diciembre 2019 a abril de 2020 de alrededor de 228 caños del gasoducto pertenecientes al Estado Nacional del noreste argentino conocido como GNEA. El gasoducto fue declarado de interés público y concesionado para su realización a la empresa ENARSA, hoy IEASA, con la finalidad de transportar gas desde Bolivia a Argentina, obra que según afirmó la acusación que representa la querella, asciende a un monto de $2.000.000.000 y beneficiaría a 1.700.000 habitantes de las zonas aledañas al trazado de la obra.
El veredicto se conoció en diciembre del 2021. En su acusación la fiscalía pidió las condenas al considerar que el saqueo de caños del Gasoducto GNEA fue uno de los mayores casos de corrupción en torno a una obra del Estado Nacional en la zona.
Este plan consistió en la gestación de la Resolución Municipal N°1.215, la cual fue urdida con el único fin de darle “ropaje legal” al traslado de los bienes que tenían proyectados saquear de una planta petrolera instalada en la finca de Ñacatimbay, en la localidad de Aguaray.
Ello se frustró por la férrea resistencia del administrador de esa propiedad.