Rige por Ordenanza el Presupuesto Participativo en la comuna capitalina
En la sesión ordinaria de la presente semana, el Concejo deliberante aprobó la Ordenanza que establece en el ámbito de la Municipalidad de la ciudad de Salta la implementación del Presupuesto Participativo.
El mismo es definido como un proceso de participación vecinal, voluntario y universal en el que la ciudadanía, en conjunto con el municipio, delibera y decide en la formulación, ejecución, control y evaluación de las prioridades presupuestarias.
Esto con el propósito de hacerlas efectivas en proyectos que permitan el desarrollo del municipio, atendiendo a las necesidades potenciales y propuestas de vecinos y vecinas, organizaciones de la sociedad civil e instituciones. Se debate y decide cómo y dónde aplicar los recursos asignados.
La edila impulsora de la propuesta, Carolina Am (PS), resaltó que en su elaboración se tuvo en cuenta que “los instrumentos y mecanismos de participación que tenemos a disposición en el municipio son insuficientes”.
Refiriéndose al Presupuesto Participativo, consignó que su aplicación permite que “los recursos públicos se distribuyan de una forma mucho más eficiente, porque ¿quién más que el vecino sabe hacia dónde dirigir esos recursos y en dónde hacen falta?”. En su alocución consideró también que para su implementación es necesario aplicar tres ejes primordiales: “Decisión política, participación ciudadana y la asignación de recursos”.
Finalmente hizo referencia a aspectos que aborda el articulado, vinculados a los recursos económicos y a la metodología de trabajo para su puesta en marcha.
En cuanto a las funciones del Presupuesto Participativo, el texto sancionado establece que serán: incrementar la participación de la comunidad en la definición, ejecución y control de las políticas públicas del gobierno; crear, garantizar y consolidar espacios de integración, participación y gestión asociada entre la Municipalidad de Salta, vecinos y vecinas y organizaciones de la sociedad civil, como también otros organismos gubernamentales provinciales, nacionales y de cooperación internacional; el definir y responder a necesidades y prioridades de las distintas comunidades barriales en la construcción de una ciudad más justa e igualitaria y aumentar el conocimiento de vecinos y vecinas de la ciudad sobre los asuntos públicos; elaborar proyectos de escala local que contribuyan al desarrollo de los distintos barrios de la ciudad.
En cuanto al monto general de referencia sobre el cual la ciudadanía elaborará proyectos y propuestas enmarcadas en el Presupuesto Participativo, se especifica que será definido anualmente al momento de la elaboración del Presupuesto General de Gastos y Recursos del Municipio, indicando que el mismo deberá ser igual o mayor al 10% de la recaudación anual presupuestada de la sumatoria entre el Impuesto Inmobiliario Urbano y la Tasa General de Inmuebles.