Sin llegar a juicio, Matías Huergo acordó pagar 100 mil dólares en concepto de reparación económica
La defensa de Huergo, representada en Javier Massafra, solicitó en audiencia (a la que había llegado imputado por el delito de administración fraudulenta) la suspensión de juicio con el ofrecimiento de reparar el daño económico. La querella aceptó y el acusado deberá devolver más de 100 mil dólares.
La Sala I del Tribunal de Juicio hizo lugar por el término de tres años al pedido de suspensión de juicio a prueba presentado por Matías Luis Huergo (53), quien había llegado a la audiencia imputado por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la UTE (Unión Transitoria de Empresas) conformada por Lusal – Mantelectric I. C. I. S. A.- Ilubaires S. A.
La denuncia que inició la causa fue radicada el 8 de junio de 2017. La UTE expuso que el acusado – quien era gerente de la firma – había realizado una serie de actos fraudulentos utilizando infraestructura, materiales, recursos humanos, equipamiento, suministros, combustible, insumos varios, entre otras cosas, para ejecutar obras y trabajos eléctricos con su empresa Arcadio Obras Eléctricas S.R.L..
El pedido fue presentado por Javier Massafra, defensor del acusado. Hubo conformidad de la parte querellante, representada por Nicolás Ortiz y Federico Rodríguez Spuch, y la fiscal penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos, Ana Inés Salinas Odorisio.
El acusado reparará el daño causado entregando a la firma privada para la cual trabajaba la suma de 108 mil dólares en 36 cuotas mensuales y consecutivas de 3 mil dólares.
El juez Martín Fernando Pérez le fijó además al acusado una serie de reglas de conducta que deberá cumplir para conservar el beneficio de la suspensión de juicio a prueba (“probation”).
Huergo deberá comunicar todo cambio de domicilio; abstenerse de usar sustancias estupefacientes y de abusar del consumo de bebidas alcohólicas y no cometer nuevo delito. Además deberá abstenerse de desarrollar su tarea profesional y prestar servicios o mantener relación alguna –sea laboral, por cuenta propia o ajena, o a través de empresas o personas interpuestas, en particular con la firma Arcadio Obras Eléctricas S. R. L. y/o cualquier otra sociedad- con cualquier Municipalidad de la provincia de Salta en tanto y en cuanto dichas actividades o servicio pudieran resultar competencia directa o indirecta con la actividad llevada a cabo por la UTE damnificada, en relación a los servicios u obras de operación, mantenimiento, tendido de redes de iluminación y señalamiento luminoso, por el término del presente beneficio y mientras el proceso se encuentre en trámite.
Por último, el acusado deberá donar pañales descartables al Hospital Materno Infantil de la ciudad de Salta por el valor 300 mil pesos (50 mil pesos mensuales por el término de seis meses, a partir de noviembre de este año).
La fiscalía consideró suficiente el ofrecimiento de reparación del daño causado presentado por el imputado y la querella prestó conformidad al pedido de la defensa por considerar que el ofrecimiento realizado era razonable y porque era una posibilidad de reparación del daño económico sufrido.
Los querellantes sostuvieron que realizar un juicio civil implicaría nuevos gastos que la parte damnificada prefiere no afrontar. Mencionaron además motivos personales –vinculados a problemas de salud – que llevaron al denunciante a aceptar la probation y a dar por concluido el conflicto. En este punto, los representantes de la UTE indicaron que la suspensión del juicio a prueba quedó habilitada por tratarse de una cuestión entre particulares en la cual no resultaron afectados el Estado nacional, provincial o municipal.