Una mujer deberá tratarse para un mayor control de sus impulsos
En una audiencia de juicio abreviado, una mujer de 31 años fue condenada como autora del delito de tentativa inidónea de homicidio agravado por el vínculo. El juez de Garantías 4, Diego Rodríguez Pipino, le impuso la pena de tres años de prisión de ejecución condicional.
Durante ese tiempo deberá fijar domicilio y comunicar cualquier cambio. Además, deberá abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de la ingesta de bebidas alcohólicas. Tendrá prohibido acercarse a una distancia de dosciento
En una audiencia de juicio abreviado, una mujer de 31 años fue condenada como autora del delito de tentativa inidónea de homicidio agravado por el vínculo. El juez de Garantías 4, Diego Rodríguez Pipino, le impuso la pena de tres años de prisión de ejecución condicional.
Durante ese tiempo deberá fijar domicilio y comunicar cualquier cambio. Además, deberá abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de la ingesta de bebidas alcohólicas. Tendrá prohibido acercarse a una distancia de doscientos metros y prohibición de contacto por cualquier vía con las víctimas, hasta tanto un Juzgado de Familia determine lo correspondiente.
La mujer deberá realizar diagnóstico y tratamiento psicológico y psiquiátrico para el control de los impulsos. No podrá cometer nuevo delito. El control del cumplimiento de las reglas de conducta estará a cargo del Patronato de Presos y Liberados.
En caso de incumplir alguna de estas medidas podría dejarse sin efecto la modalidad condicional de la pena que se le impuso. Finalizada la audiencia, la mujer recuperó su libertad.
Sucedió el 1 de septiembre del año pasado en el barrio El Círculo 4. La mujer se encerró en su domicilio con las víctimas y abrió las hornallas de la cocina y la llave de la garrafa para permitir la salida libre de gas envasado con la intención de terminar con su vida y de las víctimas, lo que finalmente fue frustrado por la llegada de familiares y amigos, que los contuvieron emocionalmente.
Durante la audiencia de juicio abreviado, la mujer reconoció haber cometido el hecho. En tanto, la asesora de menores interviniente y el denunciante prestaron su conformidad a lo acordado por las partes y no presentaron ninguna objeción.