Vialidad Nacional exonera a iglesias del pago en peregrinaciones por rutas nacionales
Vialidad Nacional dispuso que las organizaciones religiosas con personería jurídica no paguen canon cuando realicen peregrinaciones por rutas nacionales, con condiciones de autorización y registro.
La Dirección Nacional de Vialidad, dependiente de la órbita del Estado nacional, sancionó la Resolución 1898/2025, que exime del pago del canon a aquellas organizaciones religiosas que realicen peregrinaciones por rutas nacionales. Esto se realizará en el caso que acrediten personería jurídica conforme al marco legal vigente y gestionen el correspondiente permiso de uso de la zona de camino.
Para ser alcanzadas por la medida, las iglesias o comunidades deben estar reconocidas oficialmente bajo lo dispuesto en el artículo 146 del Código Civil y Comercial de la Nación y la Ley 21.745, que regula la inscripción de cultos en el Registro Nacional de Cultos. En ese sentido, la normativa aclara que la exención aplica solo a organizaciones debidamente inscriptas y no al culto católico apostólico romano cuando actúe bajo su estructura institucional tradicional.
Desde su promulgación, la medida lo defendieron como un reconocimiento de la libertad de culto y del derecho a la manifestación religiosa colectiva. En ese marco, sostienen que regular los procesos de autorización sin imponer cargas económicas favorecerá la participación de fieles en eventos de fe masiva, especialmente cuando se recorren rutas nacionales para llegar a santuarios, centros de devoción o lugares de peregrinación.
La decisión también responde a críticas previas a cobros de canon incluso para marchas religiosas. En noviembre reciente, en la provincia de Misiones, la exigencia de un arancel para una peregrinación hacia un santuario generó rechazo masivo y controversia, lo que finalmente desencadenó un reembolso por parte del Estado. Con la nueva norma, ese tipo de conflictos deberían evitarse, siempre que las organizaciones cumplan los requisitos formales.
Para algunos sectores religiosos, la exención representa un alivio considerable frente a los costos que implican movilizaciones de fieles por rutas nacionales. Permitirá planificar eventos de fe colectiva con menores barreras económicas y, a su vez, formalizar los procesos de autorización vial de forma más ágil.
Fuente: Infobae



