Judiciales

Ya es ley el régimen de responsabilidad penal para menores

La normativa sancionada de manera definitiva, establece una serie de modificaciones a la Ley Provincial Nº 8.097 “Régimen de Responsabilidad Penal para Niñas, Niños y Adolescentes”, y de la Ley Provincial Nº 8.023.

La nueva ley prevé, entre otros puntos, avanzar de un sistema inquisitivo a uno acusatorio, y de esta forma, optimizar los procedimientos utilizados al momento de juzgar a un NNyA.

La ley Nº 8.097 establece un Régimen de Responsabilidad Penal para Niñas, Niños y Adolescentes, y su entrada en vigor se encuentra prorrogada por el término de un año desde el 5 de septiembre de 2.022 mediante Ley 8.333. En ese marco se conformó una comisión especial que trabajó en las reformas legislativas necesarias y en un plan progresivo de implementación, contemplando los órganos que intervienen en el proceso penal y los dispositivos y herramientas que se requieren para la atención de las necesidades de NNyA en conflicto con la Ley Penal.

A partir de ese trabajo se avanzó en la iniciativa que promueve la modificación de los artículos 4°, 5°, 8°, 12°, 13°, 19°, 22°, 23°, 24°, 26° de la citada norma.

Entre las modificaciones del proyecto, se establece la creación de cuatro cargos de Fiscal Penal Juvenil para los Distritos Judiciales del Centro, Orán, Tartagal y Sur, respectivamente y de un cargo de Defensor Penal Juvenil para el Distrito Judicial del Centro.

Asimismo, se modificó la Ley Nº 8.023 transformando a los Juzgados de Garantías de Metán, Tartagal y Orán, en Juzgados Penales Juveniles y de Garantías con competencia en materia de Responsabilidad Penal para Niñas, Niños y Adolescentes.

A su vez, se transformó el Juzgado de Garantías creado por Ley Provincial Nº 8.246, en Juzgado Penal Juvenil y de Garantías con competencia en materia de Responsabilidad Penal para Niñas, Niños y Adolescentes, y en Garantías.

La normativa sancionada en forma definitiva durante la última sesión de la Cámara de Senadores, fue impulsada y aprobada por la Cámara Baja durante el desarrollo de la 7° Sesión Ordinaria del pasado 18 de abril.

Equipos de diferentes disciplinas

Entre las modificaciones al articulado de la Ley Nº 8.097, se establece el trabajo con equipos interdisciplinarios; así también, un informe ambiental orientativo que describa núcleo familiar, habitacional e influencias externas e internas del medio en el cual se desenvuelve y un examen psiquiátrico, para determinar su grado de entendimiento y comprensión mínima de sus actos.

Esos equipos estarán integrados por profesionales de la psicología, la psiquiatría, el trabajo social u otras especialidades que se consideren con incumbencias en la temática.

Otra de las modificaciones, estipula que, al momento de pronunciarse sobre la culpabilidad del imputado o imputada, el juez penal juvenil podrá declarar su responsabilidad penal, fijando el plazo y las condiciones a las que deberá sujetarse.

 

 

 

 

 

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