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Rechazan en Casación el fallo en el homicidio de Facundo Solorza

La sala III de Impugnaciones rechazó el pedido de la defensa del condenado a prisión perpetua Gustavo Nahuel Espinosa por el homicidio de Facundo Solorza.

El hombre de 23 años fue llevado a juicio acusado del homicidio de un joven de 19 años, ocurrido la noche del 6 de enero del 2022 en inmediaciones de calle Deán Funes al 1300.

El fiscal penal 1 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Leandro Flores, representó al Ministerio Público Fiscal, en la audiencia de debate en la que el tribunal colegiado integrado por los jueces Martín Pérez, Norma Beatriz Vera y Leonardo Feans, condenaron a Gustavo Nahuel Espinosa a la pena de prisión perpetua por el homicidio agravado por alevosía.

Esa calificación es la que entendía la defensa de Espinosa debía ser revisada.

Sin embargo, el tribunal de Impugnaciones en sus fundamentos, para rechazar la revisión en casación sostiene, que en autopsia se determinó que fueron 46 puñaladas las que le asentaron a la víctima, destacando además, que “la alevosía  no implica necesariamente premeditación, basta con que medie un  aprovechamiento del estado de indefensión y se actúe sobre seguro”, señalando más adelante que Espinoza no le concedió a Facundo Solorza ninguna opción válida para salvar su vida.

Fiscalía

En sus alegatos, el fiscal Leandro Flores, había solicitado la pena de prisión perpetua para el acusado.

Según lo que se conoció por la investigación, el arma blanca utilizada fue encontrada en el vehículo de Espinosa, donde también estaba el matafuego con sangre que después del análisis resulto ser de la víctima, según señaló a Nuevo Diario, Soledad Lobo quien, junto a Alejandra Chuchuy, ejercieron la querella.

Cabe recordar el informe de autopsia estableció como causa de muerte, shock hipovolémico por heridas múltiples de arma blanca con compromiso cervical, torácico y abdominal.

En el transcurso del juicio se brindaron detalles de las numerosas tareas investigativas desplegadas en procura del esclarecimiento del caso, tales como las declaraciones testimoniales, análisis de cámaras de seguridad, públicas y privadas, de comunicaciones y otras, que aportaron el grado de convicción necesario para determinar la responsabilidad del acusado y correspondiente condena. Es de destacar que en el fallo la sala III que integran Eduardo Barrionuevo y Pablo Mariño señalaron que “la mayor culpabilidad del obrar alevoso reside en el fin de actuar sin riesgo, sobre seguro y a traición”.

La resolución confirmó así la sentencia condenatoria impugnada en todo cuanto fuera motivo de agravios.

Se inicia el lunes el juicio por el homicidio a la vera del río Rosario

En el debate, un joven mayor de edad deberá responder por su conducta. El hecho ocurrió en mayo de 2024 en barrio Ramón Abdala, cuando un joven de 21 años fue encontrado sin vida en proximidades del río Rosario.

Se instó oportunamente el sobreseimiento de los menores que se encontraban vinculados al hecho.

El fiscal penal de Rosario de la Frontera, Nicolás Rodríguez López, representará al Ministerio Público Fiscal ante la Sala II del Tribunal de Juicio en la audiencia de debate contra Claudio Raúl Córdoba, acusado como autor del delito de homicidio doblemente calificado por ensañamiento y alevosía en perjuicio de Octavio Julián Luna.

La audiencia dará inicio el próximo lunes 30 a las 10 de la mañana y será presidida por el juez Ramón Haddad.

El hecho ocurrió el 18 de mayo de 2024.

Según se expone en el requerimiento de elevación a juicio, el acusado agredió a Luna por la espalda con un cuchillo, causándole lesiones en nuca que derivaron en su fallecimiento por paro cardiorrespiratorio, laceración cerebral por heridas de arma blanca punzo penetrantes y múltiples heridas cortantes en el cuello, además de un traumatismo encéfalo craneano grave.

El Fiscal destacó que se encuentra acreditado que el acusado ejecutó el hecho intempestivamente, tomando por sorpresa a la víctima, quien se encontraba en total desventaja e indefensión.

Consideró, además, que el imputado exhibió en el evento, una extrema peligrosidad y total desaprensión para con la vida del otro.

Asimismo, se solicitó el sobreseimiento de tres menores de edad, dos de ellas hermanas del acusado, quienes oportunamente fueron investigadas por el hecho.

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