Salta

El CD analizará las obras a financiarse con créditos la Municipalidad

La concejal del partido Primero Salta, Carolina Am, se expresó acerca de la autorización dada al Ejecutivo Municipal para la toma de créditos para la obra pública. El miércoles el cuerpo legislativo aprobó la Ordenanza respectiva.

La aprobación de ésta consiste en la incorporación al Presupuesto Municipal del artículo 26 Bis, que solo tuvo dos votos en contra de los ediles capitalinos, que integran el bloque Salta Independiente, Paula Benavides y Ricardo Colque

“El objetivo de esto es darle al Ejecutivo Municipal herramientas para que salga a gestionar y buscar créditos, empréstitos o hacer un fideicomiso, que sea destinado únicamente a obra pública”.

En este sentido, Am agregó: “Era un pedido que hizo el Ejecutivo Municipal y creemos que esta es la forma de realizarse, a través de la incorporación de este artículo que le brinda la posibilidad de gestión.

Una vez que encuentre en el mercado de capitales lo que considere conveniente -una deuda, un fideicomiso, o emitir bonos-, tiene que venir nuevamente al Concejo Deliberante con todas las características que conlleva este crédito que quisiera tomar y acá vamos a analizar las características propias de la obra que se financiará, el monto, el interés y específicamente se aprobará o no la toma de tal deuda”.

La edil del partido Primero Salta remarcó que los fondos que busca el Ejecutivo serán invertidos en obra pública: “Sabemos que la necesidad de obras en la ciudad es muy fuerte, tanto para obra pública como para bacheo. Le estamos dando herramientas al Ejecutivo para que salga a buscar esos recursos al mercado de capitales.

Es posible que encuentre deudas que nos permitan hacer obras en el corto plazo que es lo que necesita y nos pide permanentemente el vecino”.  Se establece en el articulado de la Ordenanza que, en forma previa a concretar y contraer el préstamo, fideicomiso y/o emitir los títulos, deberá remitir el monto, todas sus características y la documentación respaldatoria al Concejo Deliberante para su aprobación de conformidad con lo previsto en el artículo 22, inciso p) de la Carta Municipal, Ley N° 6534.”

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Volver al botón superior