El Ministerio Público Fiscal apeló la prisión domiciliaria de Marco Lautaro Teruel

El fiscal Penal 1 de la de Unidad de Delitos Contra la Integridad Sexual (UDIS), Federico Obeid, presentó un recurso de apelación contra la acción de habeas corpus por la que el Juzgado de Garantías 1 concedió la prisión domiciliaria a Marco Lautaro Teruel, el 30 de enero de 2023.

En el documento, que fue presentado en la Sala 1 del Tribunal de Juicio, el fiscal Federico Obeid advirtió que “sin dejar de considerar que la salud constituye un bien fundamental para el interno, sin la cual el tratamiento penitenciario carecería de sentido, se observa que las autoridades penitenciarias le brindan la atención adecuada”.

Además, el representante del Ministerio Público Fiscal (MPF) consideró que “las expresiones vertidas por el accionante aludiendo cuestiones de salud, han sido refutados con los informes de la autoridad penitenciaria, los profesionales de la salud e incluso por la inspección realizada en las instalaciones donde fuera alojado el interno Marco Lautaro Teruel por el Juez de Ejecución interviniente”.

Obeid también señaló que debió rechazarse la acción de Habeas Corpus presentada por la defensa de Teruel, al encontrarse en trámite, sin resolución a la fecha, un pedido de prisión domiciliaria por el Juez de Ejecución y Detenidos 2, en virtud del cual el MPF dictaminó en forma negativa el 21 de diciembre de 2022.

El beneficio otorgado por la justicia ocurrió luego del pedido de la defensa que apeló las dos sentencias que fueron dictadas en contra del hijo de Mario Teruel desde que se hizo efectiva la condena hace dos años.

Así lo dispuso el juzgado de Garantías Primera Nominación, a cargo del juez Martín Pérez. En plena feria judicial, el magistrado hizo lugar al hábeas corpus, un recurso federal extraordinario presentado por la defensa de Teruel, a cargo de Juan Casabella Dávalos, que alegó un problema de salud de Teruel.

Lautaro Teruel fue condenado a doce años de prisión en el marco de dos causas luego de un extenso juicio que comenzó en septiembre de 2021. Una de las causas fue por el delito de "abuso sexual con acceso carnal agravado" contra una nena que entonces tenía trece años.

La segunda causa refiere a la condena por abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por dos o más personas. Silvio Ezequiel Rodríguez y Gonzalo Isaac Farfán, quienes participaron del hecho, fueron absueltos por el beneficio de la duda.

Según la sentencia, Teruel provocó "grave daño en la salud de la víctima en concurso ideal con exhibiciones obscenas agravadas, continuadas en concurso ideal con corrupción doblemente agravada por tratarse de una menor de 13 años y por mediar engaño".

 

 

 

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