El Senado aprobó la ley de etiquetado frontal que regirá en la provincia

Se aprobó en el Senado la ley de etiquetado frontal de autoría de la diputada Isabel De Vita por la cual el Ministerio de Salud Pública de la Provincia, en coordinación con la Secretaría de Defensa al Consumidor, es la autoridad de Aplicación.

Esta ley tiene como objetivo dar información nutricional comprensible de los alimentos envasados y bebidas analcohólicas, con el objeto de resguardar los derechos de los consumidores, buscando fortalecer hábitos de alimentación saludable, garantizando el acceso a la información oportuna, accesible y veraz de los alimentos y bebidas destinadas al consumo humano.

La diputada expresó que defender los derechos del consumidor fue su propósito al impulsar esta ley, ante las epidemias a las que se enfrenta la población, como lo son la diabetes, obesidad e hipertensión arterial, y como consecuencia de las mismas las enfermedades cardiovasculares, renales, para nombrar sólo las más relevantes.

Isabel De Vita señaló que aquellos productos que contienen edulcorantes y cafeína tendrán una leyenda precautoria advirtiendo que no es recomendable su consumo en niños y niñas. Esta ley también regula la publicidad de productos alimenticios elaborados.

Brindar información a través de un etiquetado es brindar conocimiento de los componentes de un producto industrializado en el que con la leyenda de 'exceso en sodio, azúcares, grasas y calorías', que aparece en sellos en forma de octágono, le permite al consumidor saber que lo que está adquiriendo no es saludable.

 

 

 

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