Absuelven y liberan a un gendarme retirado, acusado de abuso sexual
Un gendarme retirado de 45 años fue absuelto este martes por el tribunal de juicio que lo juzgaba por presuntos delitos de abuso sexual gravemente ultrajante y corrupción de menores agravada.
La decisión fue adoptada de manera unánime por los jueces Francisco Mascarello, Mónica Faber y María Victoria Montoya Quiroga, quienes además ordenaron su inmediata libertad y el levantamiento de todas las medidas de coerción vigentes.
Durante los alegatos finales, la fiscal Celina Morales Torino modificó la acusación inicial.
Desistió del cargo de corrupción de menores agravada y reformuló los hechos de abuso sexual gravemente ultrajante como dos episodios de tocamientos impúdicos, solicitando que el imputado fuera declarado responsable del delito de abuso sexual simple en concurso de dos hechos.
Sin embargo, tras escuchar a las partes y deliberar, el tribunal resolvió absolver lisa y llanamente al acusado.
Al momento de dar a conocer el veredicto, la jueza María Victoria Montoya Quiroga expuso oralmente los fundamentos de la decisión, en línea con el sistema acusatorio vigente en Salta, basado en la oralidad, la transparencia y la inmediación. En la resolución, los magistrados también dispusieron remitir copias de la declaración de una testigo al Ministerio Público Fiscal para que se investigue una presunta comisión del delito de falso testimonio. La denuncia había sido radicada por la madre de la menor involucrada, quien es prima del acusado.
La defensa del imputado estuvo a cargo de los abogados José Ricardo Belbruno y Luis Fernando Díaz Zabalaga. También participó de la audiencia la asesora de Incapaces N° 8, María Inés Laconi.
En los fundamentos dados de forma oral por la jueza Victoria Montoya, se señaló que el Tribunal valoró la totalidad de la prueba producida en el debate conforme a las reglas de la crítica racional: lógica, conocimientos científicos y máximas de la experiencia, aclarando que la absolución es lisa y llana, no por la duda, concluye que no se acreditó la materialidad de ninguno de los hechos imputados, ni los que fueron retirados por la acusación, ni los dos que subsistieron hasta el veredicto y anunciar que se van a leer los motivos en cinco días hábiles. Todo esto en el marco de la vigencia de la reforma del Código Procesal Penal.


