Salta

Desde la AMT brindan detalles a taxistas del fallo judicial contra UBER

El presidente y vicepresidente de la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT), Marcelo Ferraris y Gustavo Serralta, mantuvieron un encuentro con diferentes sectores de taxistas de la ciudad de Salta.

En la ocasión, a los taxistas se les dio detalles precisos, sobre el fallo judicial expedido hace una semana donde se ratifica la ilegalidad del funcionamiento de la aplicación UBER, o cualquier otra aplicación digital, en Salta. 

En este sentido, Ferraris señaló que el fallo del Tribunal de Impugnación Sala IV, distrito centro, indica que el servicio de transporte de personas bajo la modalidad de plataformas digitales no está autorizado en toda la jurisdicción provincial. 

“El sistema impropio de transporte automotor de pasajeros solo tiene dos modalidades permitidas: el sistema de taxis y el de remis que funcionan con habilitaciones concedidas mediante el otorgamiento de licencias previo cumplimiento de requisitos y estándares de seguridad, impuestos por la Autoridad de Control en lo que hace el vehículo afectado a la prestación y en cuanto a su conductor”, reitera el fallo. 

Al respecto, Ferraris instó a los taxistas a continuar mejorando en pos de brindar un servicio más eficiente y regulado, y aclaró que no existe posibilidad en el actual marco regulador del sistema de transporte, que el mismo se realice  sin un permiso, licencia o concesión de la autoridad de control. 

También, desde la AMT se informó que se profundizará el control de vehículos y taxis debidamente habilitados, debiendo contar los mismos con la credencial de identificación detrás del asiento del conductor para que el usuario, mediante el sistema de QR, pueda acceder a la información de la licencia, del chofer y de las tarifas vigentes. 

Asimismo, las autoridades del organismo de transporte solicitaron a los trabajadores mantener la higiene, la presencia adecuada de los choferes y la disponibilidad para el pasajero o visitante que opta por el servicio legal.

Cabe recordar que entre los fundamentos del fallo que se conoció la semana pasada,  se establece que: “… quien quiera ser prestador del servicio deberá adecuarse a las modalidades autorizadas y en caso que pretendiera realizar una modalidad distinta, deberá solicitar su autorización ante la autoridad competente.”, es decir ante la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT).

En el mismo sentido, ampliaron que: “… toda actividad que implique el transporte de pasajeros, requiere previamente la autorización de la Autoridad de Aplicación.

Por ende, va a ser legal el transporte automotor de pasajeros cuando se tenga el permiso estatal otorgado por la AMT, y será ilegal entonces cuando no se lo tiene”.

 

 

 

 

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