Es Ley la inclusión de evidencia digital en investigaciones judiciales
En el marco de la sesión de Senadores de este jueves, se aprobó en definitiva el proyecto de Ley en Revisión por el cual se modifican los artículos 309 y 316 e incorporan los artículos 309 bis, 309 ter, 309 quater, 309 quinquies, 309 sexies, y 72 bis al Código Procesal Penal referente a la investigación penal en el ámbito digital.
Cabe recordar que la Comisión de Legislación General tuvo reuniones con la Fiscal de Ciberdelitos y autoridades del Colegio de Magistrados para analizar este proyecto.
De este modo, se realizarán modificaciones en el Código Procesal Penal Provincial, con la finalidad de incluir el tratamiento de la evidencia digital como medio de prueba, la creación de figuras tales como la del Agente Encubierto Digital y de equipos conjuntos de trabajo en la etapa de investigación de delitos informáticos.
La reforma propuesta modifica una serie de artículos de la Ley Provincial N° 7.690 – Código Procesal Penal, otorgándole de esta manera herramientas a los jueces y fiscales para encarar la investigación de un delito informático, sin vulnerar los derechos de los ciudadanos.
Otro aspecto que se destaca es la notificación al Juez de los datos que pudieran involucrar al imputado en otro tipo de delitos, para que el mismo determine el accionar que se pudiera tomar.
El proyecto sancionado en forma definitiva durante la última sesión de la Cámara de Senadores, y elevado al Poder Ejecutivo para su promulgación, fue impulsado por los diputados Gonzalo Caro, Esteban Amat, Socorro Villamayor, Patricia Hucena, Germán Rallé, Osbaldo Acosta, Moisés Balderrama, Roberto Bonifacio, Federico Cañizares, Laura Cartuccia, Ernesto Guanca, Víctor Lamberto, Fabio López, Gustavo Pantaleón, Patricio Peñalba, Martín Pérez, Fabio Rodríguez (con licencia), Juan Roque Posse, Rogelio Segundo, Ricardo Vargas, y Lino Yonar. Fue aprobado por mayoría en la 10° Sesión Ordinaria del 23 de mayo pasado.
Será obligatoria la pesquisa de colestasis
Es Ley el proyecto que establece la obligatoriedad de realizar la pesquisa de colestasis neonatal por el método de tamizaje colorimétrico de heces, entre los 15 y 30 días de vida, con el fin de tener un diagnóstico precoz de anomalías detectadas y realizar el tratamiento oportuno en recién nacidos. Esto significa la búsqueda de niveles elevados de bilirrubina, a través de las heces del recién nacido.
De esta manera, se crea una herramienta con la que se podrá diagnosticar previamente potenciales patologías que, si no fueran identificadas y tratadas a tiempo, podrían culminar en trasplantes u otras consecuencias mayores.
El proyecto sancionado en forma definitiva es de autoría de la diputada Isabel De Vita y fue impulsado por la Cámara de Diputados durante el desarrollo de la 31° Sesión Ordinaria del Cuerpo, el 29 de noviembre de 2.022.