ANSES: ponen tope a los descuentos de las obras sociales
A través del Boletín Oficial, la ANSES aclaró cómo se deberán hacer los descuentos de “terceras entidades” y cómo los beneficiarios deberán hacer el trámite para autorizarlo.
En línea con el fin de la triangulación entre prepagas y obras sociales, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) avanza con la autorización digital que deberán hacer los beneficiarios para que les sea descontados importes “extra” de sus haberes que vayan para las obras sociales y también para empresas de seguros.
La medida estuvo anunciada a través de la Resolución 970/2024 publicada este jueves en el Boletín Oficial y aclara que el beneficiario deberá dar un consentimiento de modo virtual o presencial para que se efectúen los descuentos o mismo para darlos de baja.
“En igual sentido, en caso de vencimiento o pre cancelación de créditos, los tomadores beneficiarios podrán optar por mantener o dar de baja el descuento de cuota social o afiliación con la respectiva Entidad”, explicaron.
Tope para los descuentos de afiliaciones sindicales
Al mismo establece límites al proceso de aumnto sobre los descuentos a las cuotas de afiliación social-sindical o servicios especiales no crediticios que ingresan las Terceras Entidades a través del sistema de descuentos no obligatorios.
En ese marco, la ANSES tutelará la incidencia de los descuentos en los haberes y establece un doble tope para los aumentos afiliación/social/sindical, conformado por una actualización por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y por un porcentaje fijo del haber mínimo.
A su vez aclara que, “todas aquellas Entidades que soliciten códigos de descuento para otorgar créditos y otros servicios especiales deberán acreditar, como condición previa al inicio de sus operaciones en el sistema a que refiere el presente acto administrativo, que cuentan con respectivos seguros de responsabilidad civil y de caución, toda vez que es imprescindible promover el ingreso de Entidades que ofrezcan la suficiente solvencia financiera y patrimonial, a fin de dotar a la operatoria crediticia de la seguridad jurídica y económica que permita garantizar la operatoria”.
Fin de la triangulación de aportes entre prepagas y obras sociales
A partir del 1 de diciembre de 2024, todas las entidades que ofrezcan planes de salud financiados total o parcialmente con fondos provenientes de la seguridad social deberán inscribirse en el Registro Nacional de Agentes del Seguro de Salud (RNAS).
Esta medida pone fin a la triangulación entre obras sociales y prepagas, permitiendo que los trabajadores registrados puedan derivar sus aportes directamente a la empresa de medicina prepaga de su elección, sin necesidad de pasar por una obra social sindical.
Hasta el momento, las empresas de medicina prepaga, como Swiss Medical, Galeno u OSDE, entre otras, no podían recibir directamente los aportes de los trabajadores registrados. El sistema estaba diseñado de tal manera que los fondos debían pasar primero por una obra social, que actuaba como intermediaria y retenía una parte del dinero.
Esta situación encarecía el costo del servicio para los afiliados, quienes debían cubrir la diferencia entre los aportes recibidos por la prepaga y el valor real del plan.
Con la eliminación de la triangulación, más de 6,3 millones de argentinos cubiertos por empresas de medicina prepaga podrán elegir sus prestadoras sin necesidad de depender de una obra social sindical. De este modo, los trabajadores registrados tendrán la libertad de destinar sus aportes directamente a las prepagas, simplificando el proceso y reduciendo costos adicionales.
Fuentes: Ámbito Financiero