País

Con disidencia de Rosenkrantz, la Corte confirmó la condena a un exdirectivo de Ford por delitos de lesa humanidad

Pedro Müller, exgerente de Manufactura, cumplirá diez años de prisión por los secuestros y torturas de 24 trabajadores durante la dictadura. Lorenzetti no votó.

La Corte Suprema confirmó la condena a diez años de prisión contra Pedro Müller, exgerente de Manufactura de Ford Motor Argentina, por su participación en los secuestros y torturas de 24 trabajadores de la empresa durante la última dictadura militar. La decisión se tomó con la intervención de dos conjueces y una disidencia de Carlos Rosenkrantz.

El fallo contó con la firma de Horacio Rosatti y los conjueces Fernando Poviña, de la Cámara Federal de Tucumán, y Juan Ignacio Pérez Curci, de la Cámara Federal de Mendoza. Consideraron que los argumentos de la defensa no lograron refutar los fundamentos de la Cámara Federal de Casación Penal y declararon mal concedido el recurso extraordinario. Así quedó firme la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.° 1, que lo consideró partícipe necesario de privación ilegítima de la libertad y tormentos agravados, calificados como delitos de lesa humanidad. Ricardo Lorenzetti no participó de la votación.

Los hechos

La causa investigó los secuestros y torturas de 24 trabajadores entre 1976 y 1977. Según los tribunales, directivos de la automotriz colaboraron con las fuerzas militares con información sobre los empleados y con el uso de instalaciones de la fábrica. En el mismo juicio recibió una condena Héctor Sibilla, exgerente de Seguridad, a doce años, pero murió mientras se tramitaba su apelación.

Casación sostuvo que Müller y Sibilla “facilitaron la individualización y localización de las personas a detener” y que algunas víctimas estuvieron alojadas en dependencias de la fábrica usadas como centro clandestino. Respecto de Müller, afirmó que su responsabilidad no derivaba solo de su cargo: como gerente de Manufactura controlaba la producción, conocía las detenciones de operarios que eran delegados sindicales y participaba en las decisiones de la empresa.

La disidencia

Rosenkrantz cuestionó la valoración de las pruebas y sostuvo que la sentencia se basó en inferencias insuficientes. Afirmó que, más allá de su cargo, el tribunal anterior “no indicó ninguna prueba que lo involucrara personalmente” y que no se acreditó que controlara los datos de los empleados, los accesos a la fábrica o los espacios usados por los militares. Advirtió que la gravedad de los delitos no puede justificar condenas sin demostrar la culpabilidad más allá de toda duda razonable.

Fuente: Infobae

Volver al botón superior