El Banco Galicia pagará una abultada multa por una deuda ilegítima
El hecho por el cual la entidad financiera fue multada inició con un reclamo administrativo en la Secretaría de Defensa del Consumidor, y finalizó con la confirmación de la multa interpuesta por el organismo por parte de la justicia.
La Sala IV de la Cámara Civil y Comercial dictó una resolución el 15 de noviembre del 2.022, la cual quedó firme hace pocos días, donde decidió no hacer lugar a un pedido de nulidad realizado por el Banco Galicia e imponerle a la entidad financiera una multa de un millón de pesos. La sanción impuesta se dio con motivo de la infracción a los artículos 8 bis (trato digno) y 46 (incumplimiento de acuerdos conciliatorios) de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor y el artículo 10 (incumplimiento de acuerdos conciliatorios) de la Ley Provincial 7.402 de procedimiento para la defensa de los derechos del consumidor.
La directora de sumario de la secretaría de Defensa del Consumidor, Sayra Lens, brindó detalles sobre el hecho a Nuevo Diario. El consumidor perjudicado, de apellido Varela, realizó su correspondiente reclamo ante el organismo estatal por una deuda que el banco nombrado le estaba cobrando de manera ilegítima.
Ante la situación, se convocó a una conciliación entre el perjudicado y el Banco Galicia, con el intermedio de la secretaria. En las audiencias se llegó un acuerdo de otorgar al denunciante un libre deuda, pero la entidad decidió incumplir dicho acuerdo.
Denuncias y acuerdos
"La Cámara (Civil y Comercial) avala la resolución nuestra en todas sus partes, además que también tuvo en cuenta que el monto de la multa era correcto, porque también la entidad se quejaba mucho del monto, era correcto teniendo en cuenta la posición que tiene esa entidad bancaria en el mercado, y eso lo hace mucho más responsable en cuanto al profesionalismo que le es exigible", remarcó Lens. Destacó que este tipo de denuncias llegan constantemente a la Secretaría y que en muchos casos se logra arribar a acuerdos que son cumplimentados.
Defensa del Consumidor había aplicado una sanción
"No solo no se le da de baja la deuda y se le entrega el libre deuda, sino que se la cedió a otra entidad y al señor lo empezaron a hostigar contantemente; no solo la entidad a la que se le cedió la deuda, sino también estudios de cobranzas. Lo llamaban a su casa, al trabajo, y eso configura un trato indigno", sostuvo Lens.
Ante el incumplimiento del Galicia, la Secretaría de Defensa del Consumidor determinó la sanción (una multa económica), medida que fue apelada por la entidad, pero finalmente avalada en el ámbito judicial.
Lens remarcó que es importante la resolución también en el sentido que "se le otorga fuerza a los acuerdos que logra la Secretaría que, al ser incumplidos, la justicia dice que corresponde una sanción".