Judiciales

Condenan a un hombre por agredir a su exmujer y a la nueva pareja

A dos años y medio de prisión condicional, resultó condenado un sujeto de 55 años como autor de los delitos de lesiones leves agravadas por la relación de pareja preexistente y por mediar violencia de género, lesiones leves, coacción (dos hechos) y daño, todo en concurso real.

La expareja del imputado refirió que en 2.022 se encontraba en proceso de separación y él visitaba su casa esporádicamente para ver a su hija. Manifestó que el denunciado no aceptaba una ruptura definitiva e insistía en continuar la relación.

En el contexto de una de esas visitas, él se ofreció a llevarla en auto hasta su lugar de trabajo. Al llegar vio que allí estaba un hombre -la nueva pareja de ella- esperándola. El imputado se molestó, se bajó del vehículo y agredió al sujeto con una herramienta.

Más tarde, cuando la denunciante llegó a su casa, el acusado la empujó haciéndola caer de una silla y la golpeó en el rostro. Seguidamente se retiró del inmueble, pero antes le ordenó que se fuera de la casa “con lo puesto” y le advirtió que si seguía ahí a su regreso, “sería peor”.

El imputado también fue denunciado por la nueva pareja de su exmujer. El damnificado relató que cuando lo vio esperándola en su lugar de trabajo, se bajó de su auto y comenzó a patear la puerta de su camioneta. Luego intentó romper un vidrio con una llave y él se bajó para impedirlo. Entonces el acusado lo golpeó con la herramienta al tiempo que le gritaba: “Este es el principio, te voy a matar, no me importa ir a la cárcel”.

El juez Pablo Farah, vocal de la Sala III del Tribunal de Juicio, le dictó al condenado reglas de conducta que deberá cumplir durante dos años. Entre ellas, prohibición de acercamiento a las víctimas, a sus respectivos domicilios y a los lugares que ellos frecuenten en un radio inferior a los trescientos metros; prohibición de ejercer actos de violencia respecto de las víctimas y de entablar todo tipo de contacto, por cualquier medio; someterse a un tratamiento psicológico previo informe que acredite su necesidad y eficacia y presentar las constancias correspondientes. Todo ello con apercibimiento de revocarse la suspensiva de ejecución de la condena.

Abusó de su hijastra

Por abusar de la hija de su pareja, un hombre de 45 años fue condenado a diez años de prisión efectiva.

El juez de la Sala I del Tribunal de Juicio, Leonardo Gabriel Feans, lo encontró autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante por la duración y abuso sexual con acceso carnal (dos hechos) agravado por la guarda y por mediar aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con una menor de dieciocho años de edad, en concurso real.

La denuncia fue radicada por una tía de la víctima. La menor se presentó un día en su casa y, llorando, le contó que su padrastro abusaba sexualmente de ella.

 

 

 

 

 

 

 

Un Comentario.

  1. Con tantos delitos graves, el juez le dictó al condenado reglas de conducta que deberá cumplir durante dos años.
    No me río porque estas sentencias muchaa veces terminan en tragedia para las víctimas del delincuente.

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