La Justicia Federal ordena al PJ Salta a corregir su proceso electoral interno
La interna del Partido Justicialista de Salta sumó un nuevo capítulo judicial luego de que el juez federal con competencia electoral Julio Bavio hiciera lugar parcialmente a una apelación presentada por los ex interventores partidarios Pablo Kosiner y Nora Cannuni. La resolución obliga a la Junta Electoral del PJ a corregir aspectos fundamentales de la convocatoria a las elecciones internas previstas para el próximo 2 de agosto.
El fallo representa un revés para la intervención judicial encabezada por José Luis Gambetta, ya que cuestiona la forma en que fue organizada la elección y ordena introducir modificaciones antes de la continuidad del cronograma electoral. Si bien la Justicia no suspendió los comicios ni alteró las etapas ya cumplidas, sí dispuso que se revisen criterios esenciales vinculados a la representación partidaria y a las reglas de votación.
Uno de los puntos más relevantes de la resolución judicial está relacionado con la integración del Congreso Provincial del Partido Justicialista, el máximo órgano deliberativo de la fuerza política.
Kosiner y Cannuni habían impugnado la cantidad de congresales asignados a distintos departamentos, especialmente al departamento Capital. Según señalaron, la distribución aprobada por la Junta Electoral no respetaría la fórmula establecida en la Carta Orgánica partidaria.
Al analizar el planteo, el juez recurrió a los registros oficiales de afiliación existentes en la Secretaría Electoral y verificó que el PJ salteño cuenta actualmente con 90.821 afiliados en toda la provincia, de los cuales 34.904 pertenecen al departamento Capital.
La Carta Orgánica establece que el Congreso Provincial debe integrarse con dos congresales por departamento más un congresal adicional por cada dos mil afiliados o fracción superior a mil. A partir de esa normativa, Bavio concluyó que la Junta Electoral debe revisar la distribución aprobada y adecuarla, en caso de corresponder, a los criterios estatutarios.
Equilibrio de poder
La discusión no es menor. La composición del Congreso Provincial determina buena parte del equilibrio de poder dentro del justicialismo salteño.
La cantidad de congresales define el peso político de cada departamento, su capacidad de incidencia en las decisiones partidarias y la conformación de futuras mayorías internas.
Por ese motivo, el juez recordó en su resolución que la Carta Orgánica constituye la norma fundamental que rige la vida institucional del partido y que sus disposiciones deben prevalecer sobre cualquier otra reglamentación interna.
Como consecuencia de la decisión judicial, la Junta Electoral deberá realizar una nueva publicación de la convocatoria tanto en el Boletín Oficial como en un medio de circulación provincial y adecuar aquellas etapas del cronograma que todavía no hayan sido ejecutadas.
Definir el sistema de votación
Otro de los aspectos cuestionados por los apelantes fue la falta de precisiones sobre el sistema de votación que se utilizará durante la elección interna.
Kosiner y Cannuni habían solicitado que se informara si la elección se desarrollará mediante voto electrónico o con boletas de papel. Sin embargo, la Junta Electoral respondió que esa definición sería adoptada más adelante, conforme avanzara el cronograma electoral.
Para el juez, esa respuesta resultó insuficiente.
En su fallo sostuvo que la modalidad de votación constituye un elemento esencial del proceso electoral y que debe ser conocida con anticipación por todos los sectores que participarán de la competencia interna.
Además, remarcó que la certeza sobre las reglas del juego es un requisito indispensable para garantizar condiciones de igualdad entre las listas.
Por ello, ordenó que la Junta Electoral informe formalmente cuál será el sistema que regirá en los comicios del próximo 2 de agosto.
No todos los cuestionamientos formulados por los apelantes prosperaron ante la Justicia.
Bavio rechazó los reclamos vinculados al financiamiento de boletas, la distribución territorial de mesas, la logística electoral, la capacitación y designación de autoridades de mesa y los mecanismos de notificación.
Según explicó, se trata de aspectos organizativos propios de cualquier proceso electoral y deberán resolverse conforme avance el cronograma.
También fue desestimado el planteo referido al sistema de representación de las minorías, ya que el magistrado consideró que dicho mecanismo se encuentra expresamente regulado por la Carta Orgánica partidaria.
Conflicto aun abierto
La resolución no pone fin a la crisis institucional que atraviesa el peronismo salteño. Por el contrario, se suma a otro frente judicial aún pendiente de definición.
Mientras este expediente se concentró en las condiciones de organización de la elección interna, todavía resta que la jueza federal María Servini resuelva la controversia vinculada a la propia intervención judicial del PJ Salta.
En esa causa, Pablo Kosiner actúa como delegado normalizador designado por el Congreso Nacional del Partido Justicialista y se ha convertido en uno de los principales protagonistas de la disputa por la conducción partidaria.
Tras conocerse el fallo, el dirigente consideró que la resolución ratifica los cuestionamientos que su sector viene realizando desde el inicio del proceso.
“Desde el inicio sostuvimos la arbitrariedad de la decisión de intervenir judicialmente el PJ Salta y que el cronograma anunciado tenía graves falencias”, afirmó.
Asimismo, insistió en que el debate excede las cuestiones técnicas observadas por el juzgado y se relaciona con la autonomía partidaria.



