Dos predios al lado del Vertedero y otro en Cerrillos para el plan “Mi Lote”

Según consta en la ley sancionada por la Cámara de Senadores en su última sesión -el proyecto provino en revisión desde Diputados- se disponen la expropiación de dos inmuebles en la Capital y otro en el departamento de Cerrillos, que serán destinados para los beneficiarios del plan Mi Lote. 

Esos espacios deberán ser utilizados exclusivamente al desarrollo de loteos con servicios y/o construcción de viviendas para la adjudicación en venta a personas de mayor vulnerabilidad social. Llama la atención que en el caso de los de Capital estos predios están muy próximos al Vertedero San Javier, en donde se deberá estudiar el impacto ambiental y si reúnen adecuadamente las condiciones de habitabilidad. Según organizaciones sociales que están en plan de lucha para que se concrete de una buena vez el plan Mi Lote -lanzado hace más de dos años por el gobernador Gustavo Sáenz para contrarrestar las ocupaciones ilegales de terrenos, caso de San Calixto, Parque La Vega entre otras de la Capital-  desde el ámbito legislativo se apoya la iniciativa gubernamental de esas expropiaciones en zona suburbanas, que quizás serán menos onerosas cuando se podría  con otras existentes y  están ligadas a los especuladores inmobiliarios. Con esto sólo se da aliciente a los empresarios que impulsan los barrios cerrados o countrys en desmedro de viviendas populares, como ocurriera en el pasado no muy lejano, basta citar el plan PROVIPO, que se llevó adelante durante la gestión del gobernador Roberto Romero. Uno de los últimos barrios para sectores de bajos ingresos. 
 

Las tres matrículas

Conforme a la ley sancionada -ahora restará que el Poder Ejecutivo Provincial la promulgue-  se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles Matrículas Nros: 166.826 y 176.044, ambos del departamento Capital, y Matrícula N° 7269 del departamento Cerrillos, para ser destinados exclusivamente al desarrollo de loteos con servicios y/o construcción de viviendas para la adjudicación en venta a personas de mayor vulnerabilidad social. Los beneficiarios deben estar inscriptos en el Instituto Provincial de la Vivienda que lleva adelante el plan Mi Lote.

En el texto uno de los articulados consigna que "se deberán hacer las reservas necesarias para evitar el impacto negativo de la proximidad del vertedero de Capital.

Se establece que el Instituto Provincial de Vivienda en coordinación con la Unidad Ejecutora del Plan Provincial de Urbanización Social y Regularización Dominial – Plan "Mi Lote", efectuará el desarrollo de los loteos y verificará el cumplimiento de los requisitos fijados en la Ley 2.616, sus modificatorias y las demás exigencias dispuestas en la normativa vigente.

Los inmuebles se escriturarán a favor de los adjudicatarios a través de Escribanía de Gobierno y quedarán exentas de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.

También los adjudicatarios de las parcelas no podrán enajenarlas durante los diez años posteriores a la adjudicación.

A tal fin, las escrituras traslativas de dominio de los inmuebles respectivos deberán incluir con fundamento en la presente Ley, cláusulas de indisponibilidad e inembargabilidad, durante tal período, plazo que se computará desde la fecha de la adjudicación.
 

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