Ordenanza del CD pone freno a la distorsión de la campaña publicitaria municipal

Mediante una Ordenanza que sancionó el Concejo Deliberante capitalino se dispuso modificar la norma nº 14.479 vinculada a la ética en el ejercicio de la función pública.

Se trata de una iniciativa de la concejala Agustina Álvarez Eichele (JxC+), que apunta a dar freno a la actual distorsión de la campaña publicitaria municipal. Cabe citar que si bien la propuesta surgió de JxC+, tuvo respaldo en el resto de los bloques políticos, incluidos los afines a la intendenta Bettina Romero.

El texto modifica el artículo 8 de la Ordenanza Nº 14.479 -Ética en el Ejercicio de la Función Pública-. La redacción incorpora las temáticas que deberán abordar las publicidades de los actos de gobierno, estableciendo que las mismas no podrán contar con nombres, símbolos o imágenes que supongan promoción personal de las autoridades o funcionarios públicos. También se prevé que no se podrá identificar la gestión en bienes, uniformes de empleados municipales, en toda papelería o en cualquier otro tipo de material publicitario.

Durante el análisis de la iniciativa, Álvarez Eichele se refirió a la finalidad de la publicidad de los actos de gobierno, indicando que consiste en "informar a los ciudadanos qué se hace en su ciudad y qué se hace con sus recursos". Y agregó al respecto: "Lamentablemente vimos, en esta gestión y en anteriores, que esa publicidad se terminó distorsionando y se volvió campaña política con recursos de los ciudadanos".

Con los cambios realizados, la redacción del artículo 8 establece: "La publicidad de los actos, programas, obras, servicios y campañas de los órganos públicos deberán tener carácter educativo y formativo, o de orientación social, no pudiendo contar con nombres, símbolos o imágenes que supongan promoción personal de las autoridades o funcionarios públicos, o que identifiquen su gestión en bienes inmuebles muebles o vehículos de propiedad del municipio o al servicio del mismo, en uniforme de empleados municipales, personal de empresas que brindan servicio del municipio o personal contratado en señalización vial, en toda papelería o en cualquier otro tipo de material publicitario."

"Se deja establecida la obligatoriedad de identificación mediante el escudo de la Municipalidad aprobado mediante la Ordenanza N° 239/34 del Concejo Deliberante de la ciudad y modificado por la Ordenanza municipal N° 470/38 y la leyenda "Municipalidad de Salta", a la que deberá adicionarse la indicación de la repartición para la cual presta servicios en ambas puertas laterales delanteras y en la parte trasera de la totalidad de los vehículos de propiedad de la Municipalidad de Salta o que se encuentren afectados al uso institucional de la misma por los organismos dependientes del Departamento Ejecutivo Municipal, Concejo Deliberante, Tribunal de Cuentas, Tribunal Administrativo de Faltas, entidades autárquicas y cualquier otra entidad donde la Municipalidad de Salta tenga participación. La Autoridad de Aplicación determinará las características y dimensiones de las identificaciones".

El edil José Gauffín (JxC+) resaltó al tratarse el proyecto de Ordenanza: "vamos a verificar permanentemente que esta norma se cumpla y llevaremos adelante las acciones que sean necesarias".

 

 

 

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