La ANMAT habilitó la venta libre de medicamentos para afecciones de baja complejidad
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la venta libre de medicamentos para afecciones de baja complejidad. La medida quedó formalizada en la Disposición N.° 4714/2026, publicada en el Boletín Oficial, y amplía el acceso a productos que el organismo considera de seguridad, calidad y eficacia probadas.
La nueva condición de expendio alcanza a especialidades medicinales con principios activos ya aprobados. Entre ellos figuran Trimebutina Maleato, Levocetirizina Diclorohidrato, Fexofenadina Clorhidrato, Dimenhidrinato, Ivermectina y la combinación de Nafazolina Clorhidrato con Feniramina Maleato, entre otros.
Para pasar de venta bajo receta a venta libre, las especialidades medicinales debieron cumplir criterios fijados por la normativa vigente. El primero exige eficacia y seguridad sostenidas en el tiempo para aliviar síntomas fácilmente reconocibles por el usuario.
El segundo criterio establece que una dosis mayor o un uso más prolongado no deben representar un daño grave para la salud. El tercero exige que el producto haya sido comercializado con receta durante al menos cinco años sin reportes de eventos adversos graves.
El antecedente de los prazoles como caso de referencia
La decisión se apoya en la Resolución del Ministerio de Salud N.° 284/2024, que encargó a la ANMAT revisar la condición de expendio de determinadas especialidades. El organismo ya había aprobado la venta libre de prazoles, y ese caso fue utilizado como referencia para medir el efecto del cambio regulatorio.
Entre mayo de 2024 y junio de 2026, los prazoles aumentaron entre 30,2% y 40,4%, mientras el IPC general subió 94,7% en el mismo período. Por lo tanto, la evidencia mostró una ampliación del acceso, una baja de precios en términos reales y la ausencia de maniobras especulativas.
Cómo deberán adaptarse los productos
La norma también fijó cómo deberán ajustarse los productos alcanzados. Los titulares de certificados podrán seguir comercializando los lotes liberados antes de la entrada en vigencia sin modificar rótulos ni envases.
En cambio, los lotes liberados después de la entrada en vigor deberán adecuar sus artes a la nueva condición e incorporar el código QR con el prospecto correspondiente. Asimismo, deberán ajustar las presentaciones de acuerdo con la dosis, el intervalo entre dosis y la duración del tratamiento.
Fuente: Infobae



