País

La ANMAT prohibió la actividad de dos laboratorios por irregularidades en sus controles de calidad

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica ordenó este miércoles la inhibición preventiva de dos laboratorios: Trifarma S.R.L. y Ugal Farmacéutica S.A. La medida prohíbe el uso, la comercialización y la distribución de todos sus productos en el país.

La sanción contra el laboratorio rosarino se formalizó a través de la disposición 5865/2026. Según el organismo, la empresa no contaba con un director técnico designado y presentaba incumplimientos en el registro de sus productos. Esas irregularidades llevaron a considerar ilegítimos los artículos que fabrica o comercializa.

Además de la prohibición de uso y venta, la ANMAT instruirá un sumario sanitario contra la firma para determinar responsabilidades.

Fallas estructurales en Ugal Farmacéutica

El caso de Ugal Farmacéutica, radicada en Ramos Mejía, partido de La Matanza, resultó más grave. Una inspección del Instituto Nacional de Medicamentos detectó incumplimientos en las Buenas Prácticas de Fabricación y Control, pese a que la empresa está habilitada desde 2014 para producir medicamentos inyectables.

Los inspectores hallaron deficiencias en el sistema de climatización, falta de un programa de monitoreo ambiental, problemas de documentación y ausencia de validación de procesos. También detectaron controles insuficientes sobre tareas tercerizadas y fallas en la trazabilidad de los lotes producidos.

Riesgo para la salud pública

El organismo concluyó que esas fallas impiden garantizar la calidad, la seguridad y la eficacia de los medicamentos fabricados bajo esas condiciones. Por eso, además de prohibir la circulación de sus productos, recomendó iniciar un sumario sanitario contra la empresa y su dirección técnica.

Los pasos que siguen

Ambas compañías podrán presentar un recurso de reconsideración dentro de los 20 días hábiles administrativos posteriores a la notificación, o un recurso de alzada en un plazo de 30 días. También tienen la posibilidad de iniciar una acción judicial dentro de los 180 días hábiles judiciales siguientes.

Fuente: Infobae

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