Salta

Rosario de la Frontera: el Concejo Deliberante rechazó la pirotecnia sonora cero

El Concejo Deliberante de Rosario de la Frontera rechazó la modificación del artículo 125 del Código Ambiental, impulsada para adecuarlo a la Ley Provincial 8.340. Los ediles Cuadrado, Chaud, Calderón y López votaron a favor de la propuesta. La decisión generó cuestionamientos de integrantes de la comunidad TEA y proteccionistas de animales, que reclamaron mayor compromiso con las personas y los animales afectados por los estruendos.

La discusión por la pirotecnia sonora volvió a instalarse en el Concejo Deliberante de Rosario de la Frontera y terminó con el rechazo de una modificación al Código Ambiental municipal. La iniciativa buscaba adecuar el artículo 125 a las disposiciones de la Ley Provincial 8.340, que establece la prohibición de los elementos pirotécnicos con efectos audibles o sonoros en todo el territorio salteño.

El planteo fue impulsado desde el interbloque integrado por el Partido Justicialista, Parte y Libres del Sur. La propuesta surgió a partir de pedidos de vecinos vinculados con la comunidad TEA y de proteccionistas de animales, quienes solicitaron actualizar la normativa local para reforzar las restricciones sobre la fabricación, comercialización, tenencia y utilización de estos productos.

Sin embargo, después de un debate entre los integrantes del cuerpo legislativo, la modificación no consiguió los votos necesarios. De acuerdo con la información difundida sobre la sesión, solamente los concejales Cuadrado, Chaud, Calderón y López acompañaron el cambio. De esta manera, el artículo 125 del Código Ambiental municipal quedó sin la modificación propuesta.

La Ley Provincial 8.340 establece una prohibición de alcance provincial

La discusión local tiene como marco la Ley Provincial 8.340, sancionada el 8 de septiembre de 2022, promulgada en octubre de ese año y publicada en el Boletín Oficial el 13 de octubre. Su artículo primero establece que la norma es de orden público y prohíbe el uso, la tenencia, la comercialización, la manipulación, la fabricación, el acopio y la exhibición de elementos de pirotecnia con efectos audibles o sonoros.

La legislación también modificó el artículo 129 del Código Contravencional de Salta e incorporó sanciones para quienes utilicen, posean, comercialicen, manipulen, fabriquen o almacenen estos productos, siempre que la conducta no constituya un delito. Entre los elementos comprendidos se encuentran los fuegos artificiales, las bombas de estruendo, los rompeportones, los cohetes y los petardos.

Por tratarse de una ley provincial de orden público, su alcance comprende a todos los municipios salteños, incluido Rosario de la Frontera. Por eso, el rechazo de la modificación del Código Ambiental local no deja sin efecto la prohibición establecida por la legislación provincial. La discusión legislativa, en este caso, se centró en la adecuación de la normativa municipal a un marco legal que ya se encuentra vigente.

Reclamos de la comunidad TEA y proteccionistas por la decisión del Concejo

La resolución generó malestar entre sectores que venían reclamando mayores medidas de protección. Antes de la sesión, vecinos de la comunidad TEA y proteccionistas de animales habían solicitado que el cuerpo deliberativo avanzara con la modificación. Luego del debate, Fernanda Delgado, integrante de la comunidad TEA, y Mariel Gonza, proteccionista de animales, se expresaron sobre lo ocurrido, y lo tildaron como “bochornoso”.

Entre los cuestionamientos también se conoció una reflexión de una madre Julieta León, publicada bajo el título El ruido de la política. En su planteo, cuestionó la distancia entre los discursos políticos sobre inclusión y las decisiones legislativas. Además, relató las dificultades que atravesó junto a su hijo, próximo a cumplir 18 años, quien durante buena parte de su infancia tuvo limitaciones para disfrutar de espacios públicos debido a los ruidos estridentes de las motocicletas.

León sostuvo que la hipersensibilidad auditiva puede provocar episodios de angustia y desregulación sensorial en algunas personas autistas. También advirtió sobre las consecuencias del ruido para adultos mayores, bebés, personas con otras condiciones neurológicas y animales. Su reclamo apuntó a que la inclusión no quede reducida a discursos o actos conmemorativos, sino que se traduzca en decisiones concretas. La controversia deja así planteado un interrogante para el Concejo Deliberante: cómo garantizar que las normas municipales contemplen los derechos de quienes sufren las consecuencias de la contaminación sonora.

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