Condenan a miembros de una banda que transportó 389 kilos de cocaína a Bs. As
El Tribunal Oral Federal N°2, integrado por Domingo Batule, Gabriela Catalano (presidenta) y Abel Fleming, condenó a Fabián Pelozo e Ignacio Quintana a las penas de 9 y 7 años de prisión, respectivamente, tras considerarlos culpables del delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes, en calidad de coautores.
La sentencia fue dada a conocer el miércoles pasado y responde a la acusación que el fiscal general Carlos Martín Amad y la fiscal ad hoc Claudia Juane llevaron adelante durante el debate, en el que se discutió la participación que tuvieron ambos acusados en una operación de tráfico desarticulada el 24 de septiembre de 2020, sobre la ruta 9, a la altura de la localidad de El Paraíso, en el partido de Ramallo, provincia de Buenos Aires.
En ese transporte también participaron Adelaida Castillo, quien conducía una camioneta Ford Ranger en la que llevaba 389 kilos de cocaína procedente de Salta. Por este hecho, la mujer recibió una pena de 13 años de prisión, dictada por el mismo tribunal el 7 de abril del año pasado, en calidad de organizadora.
En la misma resolución, y por el mismo delito, pero en calidad de partícipes primarios, los jueces también condenaron a Rodrigo López y Rocío Estela (hija de Castillo) a la pena de 8 años de prisión. Ambos viajaban en otra camioneta Ford Ranger que cumplían el rol de “coche puntero”.
La detención de esta organización no surgió de un procedimiento casual, sino de una larga investigación iniciada por los fiscales Diego Iglesias -titular de la Procuraduría de Narcocriminalidad- y Eduardo Villalba, a cargo de la PROCUNAR NOA.
El caso se desglosó de la causa penal por la que fue condenado Valdemar Loza, quien recibió una pena de 15 años de prisión como coautor del almacenamiento de 1.160 kilos de cocaína, también impuesta por el TOF 2 de Salta el 23 de diciembre de 2019. La droga incautada era parte de los embarques que sus hermanos José y Erwin tenían proyectado enviar a Europa.
Sin relación laboral
De acuerdo con los testigos, “nunca vieron que [los imputados] hayan estado en una relación laboral ni tampoco que hayan realizado actividad comercial que justifique la cantidad de bienes que tenían en su poder”.
En vista de ello, queda claro que ambos “integraban esta organización criminal con ánimo de lucro y con el motivo principal de enriquecerse y no por la necesidad de resolver cuestiones básicas de subsistencia de ellos y su familia”, concluyeron.
En función de estos argumentos, el fiscal Amad pidió una condena de 12 años de prisión. Sin embargo, el tribunal, de manera unánime, estimó adecuada las penas impuestas por considerar la responsabilidad de Pelozo mayor a la de Quintana. Esto fue expuesto en el requerimiento de elevación a juicio de la causa, que se tramitó bajo el sistema mixto y no bajo el acusatorio. Tanto el fiscal Amad como Juane resaltaron en su alegato la labor investigativa del área de la PROCUNAR NOA.
Mensajes, escuchas y peritajes
Entre otras pruebas, la fiscalía mencionó varios mensajes, escuchas telefónicas y peritajes que abonaron la hipótesis incriminatoria sobre ambos acusados. En efecto, a Quintana se le secuestró la camioneta Toyota con la que había ayudado a Castillo a llegar a la finca donde debía cargar el estupefaciente. También hizo referencia a informes realizados por investigadores de la Policía Federal. Esta fuerza de seguridad realizó tareas de seguimiento en torno a los dos acusados, pues ya había sospechas de que Pelozo se dedicaba a la venta de drogas. Añadió que por el impacto de los teléfonos de los acusados en las antenas de la zona, en el caso de Quintana se pudo constatar que éste se hallaba en la finca y alrededores. El acusado, al declarar en el debate, trató de justificar su presencia en el lugar en un supuesto taller mecánico del cual no se hallaron rastros. Respecto a Pelozo, la fiscalía sostuvo que “aportó, cuanto menos, el predio de la localidad de Ibarlucea donde se hizo la entrega de la droga. Este predio estaba relacionado con él a partir de su suegro, que era el administrador de esa finca”. Asimismo, expuso pruebas que lo relacionaron directamente con Granier Ruiz, como también sucede con Castillo.
Allanamientos en Santa Fe y Córdoba
La fiscal ad hoc dio por acreditada la participación de Pelozo y Quintana, quienes fueron detenidos dos años después del procedimiento, el 8 de marzo de 2022, en el marco de allanamientos en Santa Fe y Córdoba. Posteriormente, entre el 18 y 31 de ese mismo mes, ambos fueron procesados.
La representante del MPF sostuvo que el transporte de la droga se realizó “en el marco de una organización transnacional liderada por Jorge Adalid Granier Ruiz”, quien tiene pendiente de resolución un pedido de extradición formulado en abril pasado por los fiscales Iglesias y Villalba tras su detención en Brasil.
Para la fiscalía, la droga secuestrada en Ramallo había ingresado vía aérea a nuestro país, lo cual surge de la modalidad que tenía Granier Ruiz, quien obtenía hasta 300 mil dólares por una carga de 380 a 400 kilos.
En cuanto al rol de Pelozo y Quintana, la fiscalía sostuvo que eran los “encargados de la logística, el acopio y la entrega del producto a los distintos compradores e intermediarios, como el caso de Adelaida Castillo, rol que cumplieron con respecto a la droga secuestrada en Ramallo”.
En este caso, según explicó la fiscal ad hoc, luego de arribar al país procedente de Bolivia, la droga fue resguardada en una finca en la localidad de Ibarlucea, en la provincia de Santa Fe, hasta donde Quintana guió a Castillo, quien fue la transportista de la carga, mientras que López y Estela oficiaban de punteros.
Reveló que Castillo, que había viajado desde Buenos Aires, llegó hasta una estación de servicio cercana a la finca, donde esperó hasta que apareció una camioneta Toyota Hilux, perteneciente a Quintana, y que condujo a la transportista hasta un galpón de situado en la propiedad rural, donde se cargó la cocaína.